El Pleno del Congreso aprobó este miércoles, con 80 votos a favor, la modificación de la ley sobre crimen organizado. El texto fue exonerado de segunda votación, por lo que será enviado al Ejecutivo para su promulgación.
El dictamen define a una organización criminal como todo grupo con compleja estructura desarrollada y mayor capacidad operativa, compuesto por tres o más personas, las cuales se reparten roles para la comisión de delitos de extorsión, secuestro, sicariato y otros sancionados con pena de cárcel igual o mayor a cinco años como mínimo, con el fin de obtener, directa o indirectamente, un beneficio económico u otro de orden material.
Asimismo, se precisa que los allanamientos se realizarán con o sin la presencia del investigado y con la presencia obligatoria de un abogado de la defensa pública, el mismo que deberá estar presente desde el inicio de la diligencia.
«Si el investigado está presente y manifiesta su deseo de contar con su abogado defensor particular, ello no suspenderá la ejecución de la orden judicial, la misma que continuará ejecutándose con la presencia del abogado de la defensa pública hasta que se haga presente en el lugar abogado defensor particular del investigado», agrega el texto modificado.
Con 81 votos a favor, el #PlenoDelCongreso aprobó, en primera votación, el texto sustitutorio del dictamen de los PL 9055, 9100, 9114 y otros, propone la Ley que modifica la Ley 30077, Ley del Crimen Organizado, modificada por la Ley 32108.
— Congreso del Perú 🇵🇪 (@congresoperu) October 16, 2024
Asimismo, se admitió la exoneración de… pic.twitter.com/G9JeHnUGhe
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