Política
Congresistas plantean modificaciones a exigencia por pensión de alimentos
Cambios en la edad máxima para exigirla, así como nuevas causas para ser exonerado de esta obligación
La obligación alimentaria de los padres con respecto de sus hijos también llamada pensión de alimentos, podría sufrir modificaciones en la normativa tras diversos proyectos de ley que se impulsan desde el Congreso de la República.
A la fecha son tres las iniciativas legislativas que se han presentado para modificar el Código Civil, de modo que se beneficie a los padres por encima de sus hijos en determinadas situaciones.
El congresista Paul Gutiérrez (Bloque Magisterial de Concertación Nacional) ha presentado el Proyecto de Ley 05617/2022-CR, que propone modificar el artículo 483 del Código Civil respecto a las causas para que los hijos puedan exigir la pensión de alimentos, así como incorporar motivos para la exoneración automática de esta obligación.
La iniciativa de Gutiérrez precisa que los papásno deberán pasar pensión alimenticia, por resolución judicial, cuando los hijos:
– Hayan contraído matrimonio, convivencia o procreen un hijo
– Hayan obtenido el grado de bachiller y no hayan obtenido el título profesional posterior a un año de su obtención del grado profesional.
– Hayan obtenido el título profesional
– Tengan notas con un promedio ponderado menor a 13
– Cumplan 25 años de edad
Esta obligación, precisa la propuesta, se mantendrá vigente únicamente por incapacidad física o mental debidamente acreditadas a favor del hijo.
En cuanto a la exoneración automáticaaplicará cuando:
-El padre acredite ante un juez que el hijo contrajo matrimonio, convivencia, procreó un hijo, sea bachiller y no haya obtenido el título posterior a un año o cuente con título profesional registrado en la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (Sunedu).
– Se suspenderá la pensión hasta que el hijo obtenga o supere la nota mínima permitida (13). Si la situación persiste por más de un año o dos periodos académicos se dispone la exoneración automática.
– Cuando el hijo cumpla 25 años de edad previa verificación en el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec).
Iniciativas similares
El proyecto de Gutiérrez no es el único que se ha presentado sobre la referida materia. El legislador Alejandro Muñante (Renovación Popular) ha presentado el Proyecto de Ley 05074/2022-CR, con el que se busca “dotar de celeridad y simplicidad el proceso de exoneración de alimentos” cuando los hijos cumplan 28 años de edad.
La propuesta de Muñante plantea modificar el artículo 424 del Código Civil para realizar una exoneración de la pensión alimentaria de forma exprés.
Para ello, cuando el hijo que viene siguiendo estudios exitosos de una profesión u oficio cumple 28 años, el obligado podrá solicitar ante el mismo juez que dictó la sentencia de alimentos que disponga la exoneración del mismo con la sola presentación de la partida de nacimiento del hijo.
El juez a cargo tendrá un plazo de tres días para resolver, bajo apercibimiento de responsabilidad funcional.
Los hijos solteros que no se encuentren en aptitud de atender a su subsistencia por incapacidad física o mental quedarán exceptuados de esta exoneración siempre que cuenten con carnet del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (Conadis).
En forma adicional, la iniciativa propone que, en caso de que muera el hijo, el padre pueda solicitar la extinción de la pensión alimenticia mediante la presentación del acta de defunción. Una vez que sea recibida la petición, el juzgador debe resolver en un plazo de tres días.
Hijos indignos
También se ha presentado el Proyecto de Ley 04936/2022-CR, cuya autora es la parlamentaria Patricia Chirinos (Avanza País). Su propuesta modifica el artículo 424 del Código Civil, con el que reduce la edad para exigir la pensión de alimentos de 28 a 25 años y se incluyen causales para que los hijos no puedan recibirlo “por indignidad”.
El proyecto establece que la pensión de alimentos es hasta los 25 años solo “si este lo necesitara por encontrarse cursando estudios de especialidad”. Para ello, el hijo deberá demostrar y acreditar la necesidad de la extensión de la pensión.
En tanto serán excluidos de esta obligación los hijos mayores de edad que:
– Sean autores o cómplices de homicidio doloso o tentativa contra la vida de sus padres, ascendientes, descendientes o cónyuge. Esta causal no desaparece por indulto ni prescripción de la pena.
– Sean condenados por delito doloso cometido en agravio de sus padres.
– Denuncien calumniosamente a sus padres por un delito que sea sancionado con pena privativa de la libertad.
– Sean sancionados con sentencia firme en un proceso de violencia familiar en agravio del padre.
La exclusión por indignidad del hijo mayor de edad debe ser declarada por sentencia y en juicio, precisa el proyecto.
Vale precisar que las tres iniciativas legislativas ya se encuentran en la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, pendientes de ser debatidas y votadas.
Política
La fortuna de ‘Vaticano’, el temido narco peruano, está ahora bajo el control legal de Andrés Hurtado
Andrés Hurtado, conocido popularmente como ‘Chibolín’, ha mantenido una estrecha relación con Demetrio Limonier Chávez Peñaherrera, alias ‘Vaticano’, uno de los narcotraficantes más notorios de Perú en la década de 1990. Detrás de la imagen de lujo y glamour que Hurtado ha proyectado durante años, se oculta un vínculo con uno de los capos más buscados en la historia del narcotráfico peruano.
Desde junio de 2019, según reveló el programa Cuarto Poder, Hurtado asumió un rol crucial como representante legal de ‘Vaticano’, quien fue liberado en 2016 tras cumplir una condena de 22 años. Durante este tiempo, Hurtado ha manejado en secreto los asuntos legales y personales del famoso narcotraficante. ‘Vaticano’ es un nombre que despierta temor en Perú, comparable con figuras como Pablo Escobar, debido a su vasta red de tráfico de drogas.
Demetrio Limonier Chávez Peñaherrera amasó una fortuna ilícita que atrajo la atención de políticos, empresarios y figuras del espectáculo, incluido el padre de Josetty y Gennesis. A lo largo de los años, la relación entre Hurtado y ‘Vaticano’ se ha fortalecido, con el presentador tomando un papel principal en la gestión legal del exnarcotraficante.
El vínculo entre Hurtado y ‘Vaticano’ no solo fue personal, sino también formalizado en junio de 2019, cuando el exhumorista asumió la representación legal del narcotraficante. Este pacto legal, hasta ahora desconocido para el público, consolidó a Hurtado como el apoderado oficial de uno de los capos más temidos del país.
Desde entonces, Hurtado tejió una red de influencias que involucraba a políticos, empresarios y funcionarios públicos. Su programa en Panamericana Televisión se convirtió en un espacio de encuentro para personajes del poder, sin que estos supieran que detrás del presentador se encontraba el representante legal de un narcotraficante.
Uno de los aspectos más reveladores de la investigación es la conexión de Hurtado con contratos estatales que favorecieron a sus socios más cercanos, incluido un contrato con la Superintendencia Nacional de Migraciones. Las investigaciones sugieren que desde 2019, Hurtado estuvo involucrado en tráfico de influencias en el ámbito judicial, con la fiscal Elizabeth Peralta vinculada en un escándalo relacionado con un cargamento de oro y una suma millonaria de dólares.
Demetrio Limonier Chávez Peñaherrera, alias ‘Vaticano’, fue liberado en enero de 2016 después de cumplir más de dos décadas de condena por tráfico de drogas. Aunque dejó atrás su vida de crimen activo, siguió gestionando su fortuna a través de su representante legal, Andrés Hurtado, quien ha sido su aliado en temas legales y en la administración de su patrimonio. Este vínculo, establecido formalmente desde 2019, ha permanecido oculto hasta ahora.
Política
Ministerio del Interior eleva a S/ 500 000 recompensa por Vladimir Cerrón
El Ministerio del Interior (Mininter) aprobó aumentar a medio millón de soles el monto de la recompensa ofrecida a quienes brinden información que facilite la ubicación o captura de Vladimir Cerrón, y de otros cuatro prófugos de la justicia.
Política
Congreso: Plantean que expresidentes condenados no reciban honores de Estado póstumos
Presentan proyecto de ley
Un proyecto de ley presentado en el Congreso de la República plantea que los expresidentes condenados por la comisión de delitos no reciban honores de Estado póstumos.
La iniciativa legislativa de autoría del parlamentario Alfredo Pariona (Bancada Socialista) tiene por objeto prohibir al Estado otorgar dichas honras fúnebres a los exmandatarios que hayan tenido condena judicial.
En uno de sus artículos se señala que la finalidad de esta prohibición es “resguardar los intereses y la dignidad de la nación peruana, prohibiendo que un exmandatario de la República que haya defraudado la confianza popular y la legalidad reciba, a su fallecimiento, reconocimientos y honores por parte del Estado”.
Modificación de ceremonial del Estado
En ese sentido, plantea incorporar el artículo 63-A al decreto supremo 096-2005-RE, que aprueba las normas del Ceremonial del Estado y Ceremonial Regional.
“Si a su fallecimiento el expresidente de la República cuenta con una sentencia judicial en su contra por la comisión de algún delito o delitos, el Estado peruano no otorga las honras fúnebres ni realiza homenaje alguno”, se indica en el texto propuesto.
Se agrega que, en este supuesto, el expresidente de la República no recibe ningún reconocimiento, honores o trato especial que prevé la presente norma, bajo responsabilidad, quedando prohibida también “la declaración de duelo nacional y sus efectos”.
En la exposición de motivos, además de mencionar el caso de Alberto Fujimori y la condena de 25 años que se le impuso por las matanzas de Barrios Altos y La Cantuta, se señala que actualmente hay otros expresidentes que enfrentan procesos judiciales por delitos graves como corrupción, lavado de activos y violaciones a los derechos humanos.
“Por ello, el presente proyecto de ley busca modificar dicho decreto (decreto supremo 096-2005-RE) para establecer restricciones razonables para el otorgamiento de los honores a expresidentes condenados por delitos graves, como violaciones de derechos humanos, corrupción y crímenes de lesa humanidad”, se lee en esta parte del proyecto de ley presentado por Pariona.
Con ello se busca “garantizar que el reconocimiento y los honores a los expresidentes se otorguen solo a aquellos que hayan ejercido sus cargos con integridad y respeto por el Estado de derecho”, agrega dicho texto.
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