Para personas adultas mayores
Frente a la aprobación del pleno del Congreso de la República del proyecto de ley que propone el retiro de los aportes realizados al Sistema Nacional de Pensiones, la Defensoría del Pueblo sostuvo que dicha ley afecta el derecho fundamental a una pensión de las personas adultas mayores.
“Consideramos que, en la actualidad, existe un serio problema referido al gran número de personas que, a pesar de haber contribuido durante largos años al Sistema Nacional de Pensiones, no puede acceder a una pensión de jubilación al alcanzar los 65 años. Esta situación es claramente injusta”, afirmó.
A través de un comunicado dijo que si bien este proyecto persigue resolver, a corto plazo, esta situación, es evidente que los efectos serán contraproducentes para millones de peruanos y peruanas.
“El Sistema Nacional de Pensiones enfrenta desafíos estructurales. Dado que los aportes de los trabajadores no son suficientes para financiar el pago mensual de los pensionistas, el sistema opera con un déficit financiero que requiere de transferencias anuales del Estado”, recordó. En ese sentido precisó que, en los últimos cinco años, previos al inicio de la pandemia, se han transferido más de 1,800 millones de soles cada año para cumplir con el pago; “lo que refleja que el sistema, tal como está diseñado, resulta inviable”.
“Resulta vital no poner en riesgo el trabajo que impulsa la Comisión Especial Multipartidaria del Parlamento, junto a otros actores políticos y de la sociedad civil, de emprender una reforma integral del Sistema Previsional Peruano, con normas que harían más complicado hallar una solución”, apuntó
Para la Defensoría del Pueblo es indispensable someter a un amplio y participativo debate el rediseño del sistema actual para garantizar que más personas cuenten con pensiones durante su vejez.
Por ello, dijo, considera que no debe aprobarse una propuesta que desnaturaliza la seguridad social en perjuicio de los y las pensionistas.
Inconstitucionalidad
Por otro lado sostuvo que el proyecto aprobado resulta abiertamente inconstitucional, pues vulnera el deber del Estado de garantizar el acceso de toda persona al derecho fundamental a una pensión, previsto en los artículos 10, 11 y 12 de la Constitución Política del Perú.
“Según estas normas, la intangibilidad de los fondos y las reservas de la seguridad social constituyen una garantía institucional para proteger este derecho y permitir que las personas adultas mayores cuenten con una fuente de ingresos segura durante la vejez”, enfatizó.
Agregó que la iniciativa desconoce la esencia del concepto de pensión contributiva, que deriva de un fondo común, solidario y colectivo.
De igual forma dijo que para la Defensoría del Pueblo el retiro masivo de estos fondos es, además, una amenaza a la dimensión social del principio constitucional de equilibrio financiero, que hoy, más que nunca, debe preservarse.
“Más aún encontrándonos en un período de recesión económica debido a la pandemia. La norma, del mismo modo, desconoce que los congresistas no tienen iniciativa de gasto y que deben respetar el principio de legalidad presupuestal reconocido en los artículos 78 y 79 de la Constitución”, apuntó.
Por último, la Defensoría del Pueblo consideró que, en periodos de crisis como el actual, muchas personas requieren del apoyo excepcional del Estado para subsistir o evitar caer en la pobreza.
“Sin embargo, las medidas que se adopten para garantizarlo deben respetar el marco constitucional. La norma aprobada, no obstante sus nobles propósitos, inevitablemente afectará a aquellos a quienes busca proteger, e inexorablemente será declarada inconstitucional”, remarcó.
“Las soluciones planteadas a los problemas del Sistema Nacional de Pensiones, lejos de ser coyunturales, deben ser el resultado de un debate responsable que evalúe una reforma integral con mayores niveles de solidaridad, una fuente de financiamiento sostenible y el acceso a pensiones justas a mediano y largo plazo”, finalizó.