Política

Dina Boluarte: «No permitiremos que la Corte-IDH suspenda la ley de amnistía para policías y militares que lucharon contra el terrorismo»

La mandataria remarcó que "el Perú es libre e independiente, con autonomía soberana".

La presidenta de la República, Dina Boluarte, manifestó que no permitirá la «intervención» de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte-IDH), que ha solicitado suspender la promulgación de la ley que le otorga amnistía a los miembros de la Policía Nacional, Fuerzas Armadas y Comités de Autodefensa que lucharon contra el terrorismo.

«El Perú es libre e independiente, con autonomía soberana. No somos colonia de nadie y no permitiremos la intervención de la Corte-IDH, que pretende suspender un proyecto de ley que busca justicia para miembros de las Fuerzas Armadas, Policía Nacional y los Comités de Autodefensa, que lucharon, arriesgando su vida, contra el terrorismo, contra aquellos que solo querían derramar la sangre de nuestros compatriotas. No lo vamos a permitir», exclamó la jefa de Estado este jueves durante una actividad.

Recordemos que el Parlamento aprobó, a inicios de este mes y por segunda votación, la amnistía para los integrantes de las Fuerzas Armadas, la Policía y los Comités de Autodefensa procesados por casos vinculados a la lucha contra el terrorismo entre los años 1980 y 2000.

La norma alcanza a quienes se encuentren denunciados, investigados o procesados por hechos delictivos derivados u originados con ocasión de su participación en la lucha antiterrorismo en el mencionado periodo.

Además, detalla que «los efectos de la presente ley no son aplicables a los denunciados o imputados por terrorismo o por delitos de corrupción de funcionarios, quienes deben ser objeto de los procesos penales correspondientes, de conformidad con las normas pertinentes».

Asimismo, la propuesta le concede amnistía de “carácter humanitario” a los adultos mayores de 70 años, miembros de las FFAA y de la PNP, y a los que hayan sido integrantes de los Comités de Autodefensa, que cuenten con sentencia firme con calidad de cosa juzgada o se encuentren en trámite de ejecución de sentencia, con pena privativa de libertad efectiva o suspendida.


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