La Subcomisión de Acusaciones Constitucionales del Congreso, presidida por María Acuña (Alianza para el Progreso), aprobó, por mayoría, el informe que recomendaba mandar al archivo la denuncia que la Fiscalía de la Nación, entonces a cargo de Juan Villena, presentó contra la mandataria Dina Boluarte, en mayo del 2024, por el caso Rolex.
El documento, que fue elaborado por la legisladora Nilza Chacón (Fuerza Popular), recibió 10 votos a favor, 6 en contra y 2 abstenciones.
El informe plantea, además, que se evalúe si procede denunciar a Villena por presentar la mencionada acusación por el supuesto delito de cohecho pasivo impropio, dado que habría «utilizado indebidamente sus funciones para promover el procedimiento de una acusación constitucional expresamente prohibida, con eventuales fines políticos».
Vale anotar que el argumento de Chacón para recomendar el archivo de la denuncia contra Bouarte es que no se respetó el artículo 117 de la Constitución, donde se precisan los delitos por los cuales puede ser denunciada la persona a cargo de la Presidencia de la República.
Dicho artículo de la Carta Magna indica que el presidente solo puede ser acusado, durante su periodo, por traición a la patria, impedir las elecciones, disolver el Congreso (salvo en los casos previstos en el artículo 134 de la Constitución) e impedir la reunión o funcionamiento del Parlamento o de las entidades del sistema electoral.
Es así que, según el informe aprobado, el caso Rolex, referido a la entrega de valiosas joyas a la dignataria por parte del gobernador regional de Ayacucho, Wilfredo Oscorima, no se enmarca en ese contexto.