Política

Comisión de Fiscalización aprueba informe que recomienda suspender temporalmente a Dina Boluarte por sus cirugías

La propuesta de Juan Burgos, presidente de la comisión, se aprobó con 12 votos a favor y 1 en contra. Ninguno de los congresistas de Fuerza Popular y Alianza Para el Progreso que integran el grupo de trabajo votaron.

La Comisión de Fiscalización del Congreso, presidida por Juan Burgos (Podemos Perú), aprobó el informe preliminar que recomienda suspender temporalmente a la presidenta Dina Boluarte por presunto abandono del cargo, debido a la intervención quirúrgica a la que se sometió a mediados del año 2023.

La propuesta de Burgos se aprobó con 12 votos a favor y 1 en contra.

Los parlamentarios que votaron a favor del documento fueron Juan Burgos (Podemos Perú), Héctor Acuña (Honor y Democracia), Pasión Dávila (Bancada Socialista), Patricia Chirinos (Renovación Popular), Héctor Valer (Somos Perú), Isaac Mita (Perú Libre), Ariana Orué (Podemos Perú), Margot Palacios (Bancada Socialista), Marleny Portero (Acción Popular), Edgar Reymundo (Bloque Democrático Popular), Norma Yarrow (Renovación Popular) y Carlos Zeballos (Bloque Democrático Popular).

La única legisladora que se opuso fue Elizabeth Medina (Bloque Magisterial).

Ninguno de los congresistas de Fuerza Popular y Alianza Para el Progreso que integran el mencionado grupo de trabajo votaron.

El informe deberá ahora ser votado en el Pleno del Parlamento para que la Comisión de Fiscalización reciba facultades investigadoras y pueda continuar indagando este caso, y demostrar la presunta infracción constitucional de Dina Boluarte que derive en su suspensión.

Según el informe, Dina Boluarte habría permanecido internada en la clínica del doctor Mario Cabani durante «dos días y una mañana». A ello se le suma el descanso médico, por un lapso de 7 a 12 días, que habría requerido para las intervenciones quirúrgicas a las que se sometió.

Además, de acuerdo con el documento, la gobernante infringió la Constitución, pues, durante ese tiempo, no se activó el mecanismo de sucesión presidencial establecido en el artículo 115 de la Carta Magna, donde se precisa que, ante un eventual impedimento temporal o permanente del presidente, asume sus funciones el primer vicepresidente o, en defecto de este, el segundo vicepresidente, y, en ausencia de ambos, el titular del Parlamento.

La medida de suspensión, siempre según el informe, sería hasta que Boluarte esclarezca su situación y se determinen las responsabilidades correspondientes.


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