El dictamen que incorpora la pistola eléctrica o de electrochoque como medio de defensa del sereno fue aprobado, por mayoría, en la Comisión de Descentralización, Regionalización, Gobiernos Locales y Modernización de la Gestión del Estado, presidida por la congresista Ana Zegarra Saboya.
“El proyecto busca garantizar la seguridad de los ciudadanos frente a la ola de delincuencia”, afirmó Zegarra.
El dictamen aprobado incorpora el empleo de la pistola eléctrica o de electrochoque a los medios de defensa que por ley puede contar un sereno, como escudos, bastones tonfa, grilletes, aerosoles de pimienta, chalecos antibalas para el cumplimiento de sus funciones.
Estos elementos se utilizan para el cumplimiento de las funciones de los serenos, teniendo por finalidad prevenir y disuadir la comisión de delitos y faltas que atenten contra la seguridad ciudadana, respetando los derechos fundamentales de las personas.
La incorporación de estos equipos de defensa se realizó mediante la aprobación por mayoría del dictamen de ley que modifica el artículo, 20 de la Ley 31297, Ley del Servicio de Serenazgo Municipal, en virtud de las iniciativas presentadas en los proyectos de ley 7874/2023-CR y 10075/2024-CR.
En las disposiciones complementarias finales, se establece que los serenos que usen armas de electrochoque en el ejercicio de sus funciones deben ser previamente capacitados. Los programas de capacitación en el uso de las armas de electrochoque incluyen entrenamientos en campo, polígonos de tiro y simuladores.
El Ministerio del Interior evaluará la necesidad de acompañar obligatoriamente el uso de las armas de electrochoque con cámaras de video corporales activas, de acuerdo al dictamen.
El Poder Ejecutivo, con el refrendo del Ministerio del Interior, adecua el Reglamento de la Ley 31297, Ley del Servicio de Serenazgo Municipal, en el plazo máximo de sesenta (60) días calendario, contados a partir de la entrada en vigor de la presente ley.