Opinión

Fiscales supremos infringen el artículo 337 del Código Penal, por Luis Miguel Caya

El Ministerio Público ha dejado de ser garante de la legalidad para convertirse en un reducto de poder al margen de la Constitución. Delia Espinoza y los demás miembros de la Junta de Fiscales Supremos han caído en un abierto desacato a una resolución de la JNJ que ordena la reposición inmediata de Patricia Benavides en el cargo de Fiscal de la Nación.

Pese a que el mandato de la JNJ es claro y de cumplimiento obligatorio, en el Ministerio Público se ha optado por dilatar, entrampando el cumplimiento con leguleyadas, pedidos innecesarios de actas, y exigencias sin fundamento legal. Estamos ante una conducta que no solo desafía a la autoridad competente, sino que podría configurar el delito de omisión, rehusamiento o demora de actos funcionales, previsto en el artículo 377 del Código Penal.

La omisión ya está consumada: no se ha repuesto a quien tiene derecho a ocupar el cargo. La demora es evidente: han pasado días desde la orden y el Ministerio Público sigue jugando al silencio administrativo. La negativa es tácita: no hay intención de acatar la decisión, sino de proteger intereses personales y mantener el control del Ministerio Público desde una cúpula cada vez más cuestionada.

Los fiscales supremos se han alineado como un bloque político, no como garantes de la legalidad. Han dejado de lado su deber, para blindar a quien hoy ocupa el cargo, pero sin legitimidad ni sustento legal. En los hechos, están usurpando funciones y vulnerando el principio de legalidad que juraron respetar.

Mientras tanto, los peruanos presenciamos una escena grotesca: fiscales que deberían perseguir el delito, convertidos en infractores de la Ley. El artículo 377 del Código Penal no es letra muerta, y si el Estado de derecho aún tiene algún valor, este comportamiento debe ser investigado y sancionado. De lo contrario, estaremos asistiendo al entierro definitivo de la institucionalidad.


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