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Indecopi sanciona a Cineplanet con más de S/ 18 mil y otras medidas por impedir ingreso de este producto

Aunque la empresa argumentó que no vende el artículo en esa presentación, Indecopi concluyó que la prohibición de ingreso a productos similares a los propios se considera una medida abusiva hacia el consumidor.

Indecopi sancionó a Cineplanet con una multa de 3.49 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), equivalente a S/ 18,671.5, tras determinar que la cadena de cines vulneró los derechos de un consumidor.

La resolución, emitida por el Órgano Resolutivo de Procedimientos Sumarísimos de Protección al Consumidor N° 3 (OPS) mediante la Resolución Final N° 1124-2025/PS3, también establece otras medidas correctivas obligatorias para la empresa.

¿Por qué Indecopi sancionó a Cineplanet?

El caso inició cuando un cliente denunció que el personal de Cineplanet le solicitó mostrar el contenido de su mochila y luego le prohibió el ingreso con una gaseosa de 1 litro, argumentando que no correspondía a la “Lista de productos permitidos”. El consumidor sostuvo que no encontró dicha lista de manera visible y que la bebida era semejante a las que Cineplanet comercializa en vasos de papel de 32 onzas. Ante la negativa, el cliente dejó su bebida en custodia.

cineplanet

Cineplanet respondió señalando que solo permite ingresar bebidas en vasos de papel hasta 32 onzas y botellas personales de agua, y que no vende gaseosas en botellas de 1 litro. Sin embargo, Indecopi concluyó que la prohibición de ingreso a productos similares a los propios se considera una medida abusiva hacia el consumidor, infringiendo el Artículo 19 sobre el deber de idoneidad en el servicio.

La entidad verificó que Cineplanet sí informaba sobre los productos permitidos tanto en su página web como en carteleras visibles dentro de las instalaciones, desestimando infracción al Artículo 2.2. Respecto al Libro de Reclamaciones, se estableció que Cineplanet cumple con ofrecer un libro virtual mediante código QR y un libro físico como respaldo, y no hubo evidencia de que el cliente no pudiera acceder a la opción virtual.

Sanciones a Cineplanet

Además de la multa de 3.49 UIT, Cineplanet deberá cumplir con las siguientes medidas correctivas en un plazo de 15 días hábiles:

  • Permitir el ingreso de alimentos y bebidas comprados fuera de sus instalaciones, siempre que sean similares a los productos que ofrece en sus locales.
  • Capacitar a su personal de la sede “Piura Real Plaza” para que conozcan, informen y ejecuten correctamente las políticas de ingreso. Cineplanet debe presentar evidencia de esta capacitación.
  • Pagar las costas del procedimiento administrativo, estipuladas en S/ 36.00.

La resolución no agota la vía administrativa, por lo que Cineplanet puede apelar en un plazo máximo de 15 días hábiles. Si decide no apelar y paga la multa dentro del plazo, podría beneficiarse de una rebaja del 25% sobre el monto sancionado.


Comentarios

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