El Gobierno de la presidenta Dina Boluarte promulgó la ley 32330 que habilita al sistema judicial a procesar penalmente como adultos a los delincuentes de 16 y 17 años que cometan ilícitos de alta gravedad, como sicariato, extorsión, violación sexual, terrorismo, entre otros.
La norma, publicada este 10 de mayo de 2025 en el diario oficial El Peruano, modifica el Código Penal y establece un régimen de internamiento con sanciones más severas, en respuesta al avance del crimen organizado que recluta menores de edad para actos violentos.
La ley incorpora cambios a los artículos 20 y 22 del Código Penal y al Código de Responsabilidad Penal de Adolescentes, permitiendo que estos menores afronten procesos bajo el sistema penal ordinario, sin necesidad de un régimen especial. Sin embargo, la edad del infractor podrá considerarse para atenuar la pena en algunos casos.
El texto legal reconoce más de 30 delitos que podrán ser juzgados bajo esta nueva modalidad. Las penas para estos crímenes dejarán de ser exclusivamente educativas y podrán implicar privación de libertad de hasta ocho años de cárcel.
Además, la norma establece un régimen penitenciario diferenciado para jóvenes de entre 16 y 21 años, con un enfoque individualizado, terapéutico y científico, por lo que las autoridades penitenciarias deberán implementar programas educativos, psicológicos y de desarrollo personal para este grupo, con el fin de facilitar su reinserción y reducir la reincidencia delictiva.
El texto también dispone la separación de adolescentes y adultos en los centros de internamiento, en lo que se ha denominado «sistema de individualización científica».
A través de sus redes sociales, el vocero de la bancada de Renovación Popular, Alejandro Muñante, destacó la promulgación de la ley a pesar de «la férrea oposición de las ONG prodelincuentes y de algunos organismos internacionales».
«Pese a la férrea oposición de las ONG prodelincuentes y de algunos organismos internacionales, se oficializó la Ley N.º 32330 que elimina la inimputabilidad para los menores de 16 y 17 años que cometan delitos de extorsión, sicariato, violación sexual y otros crímenes graves. ¡Delito de adulto, pena de adulto!», manifestó Muñante.
Agregó que el «Poder Judicial, el Ministerio Público, la Policía Nacional del Perú y el INPE deberán emitir, en un plazo máximo de 60 días calendario, la normativa complementaria necesaria para garantizar la implementación efectiva de esta ley».