Locales

Caso Melisa González: Tribunal explica conversión de su condena a vigilancia electrónica

Colegiado señala que no absolvió ni redujo la pena a joven que causó muerte de dos personas en Av. Javier Prado

La Quinta Sala Penal Liquidadora de la Corte Superior de Lima rechazó haber absuelto o reducido los años de cárcel impuesta a la sentenciada Melisa Gonzáles Gagliuffi, quien en el año 2019 causó un accidente de tránsito que ocasionó la muerte de dos jóvenes en la avenida Javier Prado.

Como se sabe, el año pasado, González fue sentenciada a seis años de prisión efectiva por el delito de homicidio culposo agravado en perjuicio de los occisos Christian Buitrón Aguirre y Joseph Huashuayo Tenorio.
 
El juzgado también la condenó por ocasionar lesiones culposas agravadas, con circunstancias agravantes, en contra de Luis Miguel Vega Palacio y Vilma Gamarra Tambohuacso, quienes también sufrieron el atropello del vehículo pero se salvaron de morir.
 
La Corte Superior de Lima precisó hoy que la conversión de la pena no fue realizada de oficio, es decir por iniciativa del propio colegiado, sino que fue solicitada por la defensa de la condenada en su recurso de apelación e, incluso, la planteó antes de la sentencia de primera instancia.
 
Por el contrario, expresó que el fallo que expidió el 13 de diciembre de 2022 elevó la pena impuesta en primera instancia (seis años) a seis años con nueve meses y 18 días.  
 
Además, indica que la conversión de la pena está sustentada en los artículos 52-B y 29-A del Código Penal, modificados por el Decreto legislativo 1514, que habilita la conversión de la pena privativa de la libertad no menor de cuatro ni mayor de 10 años en pena de vigilancia electrónica, sobre todo en los delitos culposos, como en este caso, entre otras razones. 
 
Añade que la audiencia de conversión correspondiente se realizó con participación de la Fiscalía y de la defensa de la representante del agraviado Huashuayo Tenorio.
 
Refiere también que cuando llegó el caso en apelación, el representante de los agraviados Buitrón Aguirre y Vega Palacio, a través de sus abogados, pidieron que la pena privativa de libertad impuesta a Gonzales Gagliuffi sea aminorada a cuatro años de prisión suspendida en su ejecución. 
 
Añade que como consecuencia de la referida conversión, la sentencia ordenó que se oficie al Instituto Nacional Penitenciario (INPE) para que proceda a la instalación de los dispositivos en un lapso no mayor a 48 horas, tal como lo establece el artículo 11 del Decreto Legislativo 1322.
 
Esta disposición se cumplió inmediatamente después de que la condenada se puso a derecho el 21 de diciembre de 2022.