Están vigentes a partir del próximo 16 de noviembre
El Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (Osinergmin) estableció hoy la banda de precios y el margen comercial para el Diésel BX destinado para uso vehicular.
Producto |
LS |
LI |
Diésel B5 |
10,36 |
10,26 |
De acuerdo a la norma, los valores se expresan en soles por kilogramo. Además, se definen las nomenclaturas LS (Límite Superior de la Banda), LI (Límite Inferior de la Banda).
Cabe indicar que, según el artículo 2 del Decreto Supremo N° 025-2021-EM, la Banda del Diésel B5 solo será aplicable al Diésel BX destinado para uso vehicular.
El dispositivo legal también fija el margen comercial para el Diésel BX destinado para uso vehicular, de acuerdo a lo siguiente:
Producto |
Margen Comercial (Soles por Galón) |
Diésel B5 (0-2500) Diésel B5 (2500-5000) |
0,13 0,14 |