El decano del Colegio de Abogados de Lima (CAL), Raúl Canelo, fue suspendido por 6 meses del cargo. Dicha sanción incluye la prohibición de ejercer la abogacía durante el mencionado plazo.
La medida fue dictada por el Consejo de Ética del CAL, a pedido de la agremiada Ana Vargas Albines, quien denunció que Canelo y a ocho miembros de la Junta Directiva por presuntamente haberse excedido en sus funciones.
Según la resolución, las infracciones en las que Raúl Canelo y sus directivos incurrieron son tres:
- Crear una “Oficina de Control Interno” en el Colegio de Abogados de Lima, pese a que la Junta Directiva no tendría competencia para hacerlo y que ya existe una Junta de Vigilancia encargada de velar por el cumplimiento de los reglamentos internos.
- Remover a Víctor Alca Dulanto del cargo de director de Bienestar Social bajo la figura de “retiro de confianza”, pese a que el Estatuto del CAL no contempla dicha causal.
- Nombrar como accesitaria del Consejo de Ética a la abogada María Vera Tudela, pese a que no fue elegida por la asamblea general.
El Consejo de Ética determinó que, en efecto, Canelo y los ocho miembros de la Junta Directiva del CAL habrían vulnerado el Estatuto del gremio, por lo que consideró «necesario» que sean apartados temporalmente de sus cargos.
«A pesar de ser abogados y directivos del Ilustre Colegio de Abogados de Lima, todos los procesados en este proceso deontológico vienen cometiendo reiteradas vulneraciones estatutarias e incumpliendo normativas internas del colegio, como es el Estatuto y el Código de Ética del Abogado, lo que afecta su marcha institucional», se lee en la resolución.
En el fallo también se deja constancia de que Raúl Canelo y los demás sancionados han venido emitiendo «panfletos en forma reiterada con denuncias falsas», presuntamente intentando desacreditar a los integrantes del Consejo de Ética.
Inclusive, se menciona que el decano del CAL y directivos acordaron que una integrante del Consejo de Ética sea apartada, enviándole una carta notarial.
Con la suspensión del decano y 8 directivos, la Junta Directiva del CAL deberá designar un decano encargado, «a fin de garantizar la continuidad y adecuado funcionamiento de los servicios que esta orden profesional brinda a sus agremiados».
La resolución de suspensión también dispone que se notifique a las entidades bancarias para se prohíba a Raúl Canelo y los otros directores sancionados cualquier disposición o retiro de dinero de las cuentas del CAL.
También se ordena que la sanción de suspensión sea comunicada al Poder Judicial y a la Fiscalía de la Nación, debido a que, durante el lapso de 6 meses, los sancionados no podrán ejercer la abogacía.


